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Primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Publicación de la Resolución Definitiva

Con fecha 24 de febrero de 2023 se publica la "Resolución definitiva", firmada el 13 de febrero de 2023 por la Secretaria de Estado de Energía y Presidenta de E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. para la concesión de ayudas, formulada por el órgano instructor, en relación con la “Resolución de 18 de febrero de 2022, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se aprueba la primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”, cuyas Bases reguladoras fueron establecidas mediante la Orden TED/1447/2021, de 22 de diciembre, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico” (B.O.E. núm. 308, de 24 de diciembre).

Tal y como se especifica en las bases reguladoras “…en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación y notificación de la propuesta de resolución definitiva, los interesados deberán comunicar la aceptación de la resolución definitiva de concesión al órgano instructor”.

La falta de aceptación expresa por parte de los interesados en los plazos y términos previstos en la Orden TED/1447/2021, de 22 de diciembre, supondrá su renuncia a la ayuda y la pérdida del derecho de cobro a la misma.

INDICACIONES DE INTERÉS PARA TRAMITACIÓN DE LA AYUDA

La solicitud sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante

Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites, en la que encontrará:

  • Información de su interés acerca de los navegadores web recomendados.
  • Requerimientos técnicos de su equipo informático para usar firma electrónica.
  • Podrá comprobar la validez de su certificado e, incluso, realizar una prueba de firma. 
  • Tipos, características y restricciones de ficheros permitidos.

Registro de las solicitudes:

La aplicación devolverá un comprobante de la fecha y hora de registro, que incluirá un Justificante y una copia de todos los datos cumplimentados en el Formulario, así como el número de expediente asignado, entendiéndose en ese momento formulada y registrada, con carácter definitivo, a todos los efectos, la solicitud.

Antes de entrar en la aplicación, por favor, lea el Manual de usuario para la tramitación de solicitudes y el resto de Guías de Ayuda que puede encontrar en esta misma página en el apartado de Documentos Adjuntos. Es especialmente importante completar, previamente a registrar la solicitud, la Memoria descriptiva, la Memoria económica, así como las diferentes Declaraciones Responsables, cuyos modelos figuran en el mencionado apartado de Documentos Adjuntos.

Datos de contacto:

Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la  solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.almacenamiento@idae.es

Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales:

formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).

Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.

Horario de atención telefónica:  Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 15.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 9.00h a 15.00 h.
Horario de atención WhatsApp:  Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 14:30h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-J, de 9.00h a 15.00 h. Viernes de 9.00h a 14:30h.

Para consultas de detalle de la Convocatoria de ayudas, pueden dirigirse a solicitudes.almacenamiento@idae.es

Información y documentación de la Convocatoria

Bases y convocatoria

Orden TED/1447/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Convocatoria: Resolución de 18 de febrero de 2022, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se aprueba la primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Extracto de la Resolución de 18 de febrero de 2022 publicado en BOE núm. 45 de 22 de febrero de 2022. Publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) Identificador: 611334.

Acuerdo de 18 de mayo de 2023 del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P. (IDAE), por el que se establece declaración expresa de financiación por la Unión Europea-Next GenerationEu de determinadas convocatorias de subvenciones aprobadas por este órgano, en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Presupuesto

Dotación presupuestaria de 50.000.000 euros.

Compatibilidades

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, las ayudas reguladas en esta orden serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma actuación, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o internacionales, siempre que no se financie el mismo coste de la actuación, no se supere el coste de la actividad subvencionada y se cumpla la condición que, de forma acumulada, las ayudas no superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 para aquellos destinatarios finales que sean empresas o realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, y en todo caso de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión.

Actuaciones elegibles

Podrán ser objeto de las ayudas de esta convocatoria los proyectos de I+D de “desarrollo experimental”, según la definición del Anexo II de la Resolución de 18 de febrero de 2022, en el ámbito del almacenamiento energético, que cumplan los requisitos establecidos en la disposición cuarta de la mencionada Resolución. 

Valoración de solicitudes

Las solicitudes se valorarán por una Comisión Técnica de acuerdo a los criterios establecidos en la disposición decimoquinta de la Resolución de 18 de febrero de 2022. 

Beneficiarios

Podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos recogidos en los artículos 4 y 5 de la Orden TED/1447/2021, de 22 de diciembre.

Podrán acceder a estas ayudas las siguientes personas jurídicas, que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España: Organismos públicos de investigación. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i. Otros centros públicos de I+D. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D. Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa). Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal. Otros centros privados de I+D+i. Empresas Innovadoras de Base Tecnológica. Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen difusión y divulgación tecnológica y científica. 

También podrán ser beneficiarias agrupaciones, con o sin personalidad jurídica, conformadas por una pluralidad de entidades, pertenecientes a las categorías anteriores. Entre ellas: Agrupaciones o asociaciones empresariales. Agrupaciones empresariales innovadoras. Las Uniones Temporales de Empresas (UTE). Cualquier otra forma de agrupación o asociación de personas jurídicas que cumpla con el resto de requisitos establecidos.

Cuantía de la ayuda

La intensidad de ayuda máxima será de 25 puntos porcentuales de los costes subvencionables. Esta intensidad podrá aumentarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas.

La intensidad de ayuda máxima también podrá aumentarse en 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las siguientes condiciones: a) que el proyecto implique una colaboración efectiva, o b) que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

Carácter incentivador

Solo serán subvencionables las actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda, entendida la fecha de inicio de los trabajos según la definición del Anexo II de la Resolución de 18 de febrero de 2022. 

Origen de los fondos

El origen de los fondos será el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Periodo de ejecución

El período de ejecución de los proyectos se determinará en la resolución de concesión definitiva y, en todo caso, estará comprendido entre la fecha de registro de la solicitud de la ayuda por parte de la entidad beneficiaria y el 30 de abril de 2026 y será determinado en función de la planificación temporal del proyecto presentado.

Presentación de solicitudes, plazos y vigencia

Las solicitudes se efectuarán de manera telemática y se podrán presentar desde el día 8 de marzo de 2022 y hasta las 12:00 horas del día 10 de mayo de 2022. 

Imagen y cartelería del Programa

Se encuentra disponible para descarga en la página Web del IDAE.

IDAE Instituto para a Diversificación e Aforro de Enerxía

© IDAE Instituto para a Diversificación e Aforro de Enerxía

C/ Madera, 8 - 28004 Madrid - España·Tel.: +34 913 146 673·Fax: +34 915 230 414